La gestión del Régimen de Clases Pasivas del Estado pasa a ser del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Según establece el Real Decreto Ley 15/2020, de 21 de abril de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía, formaliza el cambio estructural ya previsto en Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales,  en relación con el Régimen de Clases Pasivas del Estado y la gestión del régimen de Clases Pasivas del Estado pasará depender del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y transitoriamente a la Dirección General de Ordenación Normativa de la Seguridad Social.

La nueva normativa no afecta al contenido del Régimen de Clases Pasivas, es decir, la regulación de las pensiones, prestaciones o cuantías, ni tampoco a los regímenes especiales de la Seguridad Social gestionados por ISFAS, MUFACE y MUGEJU.

Es un tanto sorprendente que en un Real Decreto Ley de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía, en un momento tan necesario para convatir los efectos tan negativos que está causando la pandemia del CORONAVIRUS, esta medida se haya considerado tan necesaria , cuando hay tantos problemas económicos que resolver, pero quizá haya razones que así lo hayan aconsejado.

Nota de prensa de Habilitados