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La Universidad y los profesores con discapacidad

La Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) va a seleccionar 47 profesores titulares de universidad y otros 70 profesores de la modalidad de contratado doctor. Esta oferta de empleo público se publicó en el Boletín Oficial del Estado de 16 de diciembre de 2017. En total son 117 plazas de docentes universitarios, muy necesarias tras varios años de congelación de las contrataciones de personal.

Lo relevante de la noticia, como podemos comprobar en el mismo B.O.E, es que hasta 5 plazas del total de las que se convoquen se destinarán a personas con un grado de discapacidad del 33% o superior.

La reserva de plazas para personas con discapacidad no es ninguna novedad en el ámbito del empleo público. Afortunadamente, estamos acostumbrados a verlo en todas las oposiciones y procesos selectivos que convocan las administraciones públicas: tanto la estatal como la autonómica y la local.

Se aplica también en el ámbito judicial (jueces, fiscales y demás personal al servicio de la Administración de Justicia) e igualmente en la selección de personal funcionario al servicio del Parlamento y de los distintos órganos constitucionales.

Sin embargo, las Universidades públicas no establecen una reserva de plazas para personas con discapacidad cuando seleccionan a su personal docente e investigador (PDI). Esto las convierte en una singularidad no justificada dentro del panorama del empleo público en España. De ahí lo relevante de la iniciativa que ha adoptado la UNED, que merece en primer lugar un elogio y después una reflexión de índole más general.

La integración plena de las personas con discapacidad requiere de medidas de acción positiva que garanticen su derecho a la igualdad de oportunidades y de trato. En el ámbito laboral, la reserva de plazas es la medida más importante para facilitar el acceso de las personas con discapacidad al ámbito profesional.

La Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) establece que debe lograrse de forma progresiva que el dos por ciento de los efectivos totales de cada Administración Pública sean personas con discapacidad.

Para alcanzar ese objetivo, la ley dispone que en cada Oferta de Empleo Público (OEP) se reserve un cupo no inferior al 7 por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. Esta reserva del 7 por ciento se realizará de manera que, al menos, el 2 por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, y el restante 5 por ciento lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.

El EBEP es aplicable a las Universidades públicas, como señala su art. 2.1.e). Sin embargo, prácticamente todas las Universidades realizan la reserva de plazas estipulada por la ley para personas con discapacidad en su oferta de empleo público para personal de Administración y Servicios, pero no en el ámbito del Personal Docente e Investigador (PDI).

A consecuencia de esta praxis, las Universidades están lejos de cumplir con el objetivo de que un 2% de su personal PDI sean personas con discapacidad.

El III Estudio “Universidad y Discapacidad” de la Fundación Universia, arroja las siguientes cifras. El personal de Administración y Servicios con discapacidad representa el 1,6% del total, mientras que entre el personal docente e investigador (PDI) el porcentaje se reduce al 0,7%. Incluso las Universidades privadas, con un porcentaje del 0,9%, son más inclusivas que las Universidades públicas, en las cuales sólo el 0,6 del personal PDI son personas con discapacidad.

Inicialmente fue la ONCE quien alertó sobre esta situación, remitiendo a la Conferencia de Rectores (CRUE) un documento de recomendaciones para el establecimiento de una reserva de plazas para el personal docente e investigador a favor de las personas con discapacidad.

El objetivo era aplicar el principio de igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en la carrera académica e investigadora, y conseguir un incremento progresivo del porcentaje de personas con discapacidad que accede a la condición de personal PDI de las Universidades.

A consecuencia de esta iniciativa, la CRUE aprobó el 9 de mayo de 2017 un documento de recomendaciones para el establecimiento de una reserva de plazas de personal docente e investigador a favor de las personas con discapacidad. La recomendación se dirigió a las 76 Universidades que integran la CRUE con objeto de que también en el ámbito PDI se alcance la proporción de personas con discapacidad establecida por ley.

Este posicionamiento de la CRUE es muy relevante por las siguientes afirmaciones que se contienen en él.

En primer lugar, se reconoce la necesidad de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato a las personas que, por sus circunstancias físicas o psíquicas, tienen dificultades para el acceso a la carrera académica e investigadora, contribuyendo a evitar la discriminación de las personas con discapacidad y favoreciendo su integración plena en todos los sectores de la sociedad.

En segundo lugar, se admite que la reserva de plazas PDI es una medida de discriminación positiva de las personas con discapacidad que resulta necesaria para su plena integración en las Universidades.

En tercer lugar, se reconoce que las Universidades españolas están sujetas a la aplicación del EBEP, tanto a conseguir el objetivo de un 2% de personal con discapacidad como a establecer un porcentaje de reserva de plazas en sus convocatorias de empleo.

En consecuencia, CRUE recomienda a las Universidades el establecimiento de un procedimiento de reserva de plazas para el acceso a la función docente e investigadora, que debe ser del 5% de las plazas ofertadas (excluido el tramo del 2% de discapacidad intelectual), en aplicación del EBEP como marco normativo básico de obligado cumplimiento.

Con ello, la Universidad no haría más que equipararse a lo que ya se hace para seleccionar personal investigador con destino en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y en los demás Organismos Públicos de Investigación (OPIS). Se reservan plazas para quienes tengan discapacidad con un grado igual o superior al 33 % en los procesos selectivos de la Escala de Científicos Titulares, en la Escala de Investigadores Científicos, y en la Escala de Profesores de Investigación, todas ellas de los Organismos Públicos de Investigación.

En cuanto a la UNED, se trata de la mayor universidad de España, con más de 250.000 estudiantes. Su metodología educativa se basa en una eficaz combinación de estudios a distancia y presenciales firmemente apoyada en el uso, implantación y constante renovación de las Nuevas Tecnologías al servicio de la educación.

Conforme a lo que manifiesta su propia carta de presentación, garantizar la igualdad de oportunidades es uno de los objetivos explícitos de esta Universidad. La UNED ha posibilitado el acceso a los estudios superiores a personas que no habrían podido conseguirlo por razones de renta, por su lugar de residencia o por cualquier otra dificultad.

El hecho de que esta Universidad sea también pionera en fomentar la integración de personas con discapacidad en su personal PDI, como lo demuestra la reserva de plazas que ha establecido en su última oferta de empleo público de 2017, es algo que debe reconocerse y ponerse en valor públicamente.

También debemos anotar en positivo que la Universidad de Valencia haya acordado reservar plazas PDI para personas con discapacidad en su oferta de empleo público para el año 2018.

En esta oferta, publicada por Resolución de 22 de febrero de 2018 (DOGV de 27 de febrero) se convocan 115 plazas de profesor titular de Universidad por turno libre, de las cuales 3 plazas se reservan para personas con discapacidad. Se convocan también 115 plazas de catedrático de Universidad por turno de promoción interna, de las cuales se reservan también 3 plazas para personas con discapacidad. En todas estas plazas reservadas, en caso de no aprobar ninguna persona con discapacidad se acumularán al turno general.

De esta forma la Universidad de Valencia se suma a la aplicación de medidas de acción positiva para que las personas con discapacidad puedan acceder a la actividad profesional docente e investigadora.

La reserva de plazas en el ámbito docente e investigador de las Universidades es una demanda que el movimiento social de la discapacidad impulsará de manera cada vez más decidida.

No es necesario ningún cambio normativo. Como ha reconocido explícitamente la Conferencia de Rectores CRUE el mandato del Estatuto Básico del Empleado Público es directamente aplicable a las Universidades públicas.

De lo que se trata ahora es que cada Universidad, en virtud de su propia autonomía, establezca que el acceso de personas con discapacidad a la función docente e investigadora es un objetivo estratégico. Las medidas concretas a adoptar están previstas en la legislación vigente: una reserva de plazas PDI de, al menos, el 5% de las que se convoquen. España cuenta con 52 Universidades públicas, la meta a alcanzar es que todas y cada una de ellas digan sí a la inclusión de los profesores con discapacidad.

Luis P. Villameriel es patrono de la Fundación Derecho y Discapacidad.

 

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